jueves, 28 de marzo de 2013

 

¿ multaran al 46% del pais?

La Casa de cambio y turismo París, ubicada en Sarmiento y Reconquista, en pleno microcentro porteño, fue sancionada con una multa millonaria por el Banco Central de casi 2 millones de pesos por realizar operaciones con dólar "negro" e infrigir reglas vinculadas a la prevención de operaciones por lavado de dinero, según informó C5N. Según trascendió de fuentes del mercado financiero, la decisión de multar a la casa de cambio y a algunos de sus directivos se tomó anoche durante una reunión de directorio del Banco Central y la suma total asciende a $1.968.000. Las sanciones impuestas ayer a la entidad por el BCRA y que se dieron a conocer hoy fueron: -
A la casa de cambio: multa de $ 610.000.
- A su presidente Carlos Alberto REYNIER, multa de $ 610.000 e inhabilitación por dos (2) años.
- A su vicepresidente Jorge Santiago RAMOS, multa de $ 450.000 e inhabilitación por un (1) año.
- Al gerente de sucursal Marcelo Gustavo SUAREZ, multa de $ 298.000.
La sanción de inhabilitación impuesta al presidente y al vicepresidente está expresamente prevista en el art. 41, inc. 5°, de la ley 21.526, que establece que las sanciones podrán consistir, "en forma aislada o acumulativa, en:... 5. Inhabilitación temporaria o permanente para desempeñarse como promotores, fundadores, directores, administradores, miembros de los consejos de vigilancia, síndicos, liquidadores, gerentes, auditores, socios o accionistas de las entidades comprendidas en la presente ley". En cuanto a las infracciones por las cuales fueron sancionados, ellas consistieron, sintéticamente, en las siguientes: 1) Incumplimiento de las normas sobre prevención del lavado de dinero. 2) Deficiencias en la confección e integración de boletos cambiarios. 3) Irregularidades detectadas en un procedimiento de arqueo de valores (obstaculización del ingreso al tesoro por parte de la Inspección). 4) Realización de operaciones de cambio durante períodos no permitidos por la normativa relacionada con el Régimen Informativo (RIOC). 5) Violación de la prohibición de mantener encendido el cartel de cotización de venta de moneda extranjera fuera del horario establecido para operar.

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