sábado, 6 de julio de 2013

 

medicina: fallo a favor de los estudiantes

Finalmente la Justicia falló en forma favorable a la Universidad Nacional de La Plata en el juicio iniciado por las autoridades de la Facultad de Medicina, en octubre de 2012, en torno a los mecanismos de aplicación de la Práctica Final Obligatoria (PFO). Concretamente, la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata ratificó la plena validez y vigencia de la Resolución 300/12 del Consejo Superior de la UNLP , al establecer que la Facultad de Medicina no puede accionar contra la Universidad –institución de la que depende-, rechazando así la demanda iniciada por la unidad académica que dirige el decano Jorge Martínez. En este sentido, el Tribunal resolvió: “hacer lugar a la excepción de falta de legitimación procesal activa planteada por la UNLP y rechazar la demanda interpuesta” por la Facultad de Medicina. Además establece “no hacer lugar a la petición de la Facultad y declarar vigente en todos sus términos la Disposición número 300/12 del Consejo Superior”. El fallo del tribunal también resuelve favorablemente la situación de los más de 100 estudiantes de Medicina que presentaron medidas cautelares solicitando que se los deje inscribir y cursar la Práctica final. La resolución de la Sala II lleva la firma de los magistrados César Álvarez, Olga Calitri y Leopoldo Schiffrin. Entre los fundamentos salientes, el fallo sostiene que “ La Universidad Pública y Autónoma es un instrumento de cambio por mandato constitucional y no se puede contraponer la excelencia o la salud de la población con los procedimientos establecidos en las normas y estatutos”.
En cuanto a la importancia de la observancia de las normas, señala que “no es posible alcanzar la excelencia académica ni asegurar el egreso de profesionales mejor formados, sin seguir los procedimientos que las normas establecen para las decisiones respectivas”. En esta misma línea agrega que “en las Universidades financiadas con fondos públicos el objetivo central debe ser la democratización del conocimiento, de modo tal de romper con las situaciones de privilegio que existen en la sociedad. La excelencia no debe ser una excusa para ocultar y preservar privilegios en el acceso y la distribución del conocimiento”.
EL ORIGEN DEL CONFLICTO
Cabe recordar que, en 2010, Medicina dictó una resolución que indicaba que para ingresar a la PFO a partir de ese año “los estudiantes no pueden deber ninguna materia”. Frente a este nuevo escenario, los estudiantes que ingresaron antes del 2010 denunciaron que ello implicaba un “cambio de plan de estudios sobre la marcha” y que, por lo tanto, esas nuevas exigencias no podían aplicarse en forma retroactiva. En septiembre de 2012, el tema se debatió en el ámbito del Consejo Superior de la UNLP , que terminó dando la razón al planteo hecho por los estudiantes. Así quedó expresado en la Resolución 300/12 que establece que las modificaciones a los planes de estudio de las carreras de grado no pueden ser aplicadas en forma retroactiva. No obstante, la Facultad mantuvo su postura y llevó el tema a la justicia en octubre de ese año. Cabe recordar que este año, la Facultad resolvió establecer cupos para definir el ingreso a esa instancia de formación, medida que generó rechazo en la mayoría de la comunidad universitaria. En este sentido, en un pasaje del fallo judicial se deja en claro que “estamos ante una situación que corresponde asimilar en su tratamiento y en cuanto a la asignación de competencia a una modificación de los planes de estudio y, por tal razón, la competencia corresponde a la UNLP de acuerdo a las previsiones y siguiendo los procedimientos previstos en el Estatuto y en las ordenanzas vigentes”.

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