domingo, 23 de marzo de 2014

 

paro docente: la justicia dio amparo

La Justicia fallo favorablemente al amparo presentado por la Defensoría del Pueblo que apuntaba a garantizar el acceso a la educación de todos los alumnos que concurren a escuelas dependientes de la provincia de Buenos Aires, y ordenó los gremios el cese inmediato de la huelga en curso.
El Defensor del Pueblo, Carlos Bonicatto recurrió a esta medida luego de convocar al Gobierno Provincial y a los germios docentes a una Audiencia que conciliación que fracasara la semana pasada, en virtud que los niños y jóvenes vuelvan a las aulas.
El fallo del magistrado Francisco José Terrier, del juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº 3 de La Plata, hizo lugar anoche a un recurso de amparo presentado por el Defensor del Pueblo bonaerense, Carlos Bonicatto, quien dijo que los gremios "pueden apelar la decisión judicial, pero eso no impide que se mantenga la vigencia" de la orden.
La medida precautelar ordenó a Scioli establecer "la continuidad de las negociaciones paritarias", adoptar "las medidas necesarias a fin de garantizar la efectiva prestación del servicio educativo y el inicio del ciclo lectivo, en forma inmediata", y no descontar "a los docentes los días de huelga transcurridos, cualquiera sea su consideración jurídica -paro, suspensión de la relación laboral, presentismo, etcétera-, hasta el agotamiento de la negociación y conciliación colectiva".
Además, exigió al Sindicato Unificado de Trabajadores de la Educación de Buenos Aires (SUTEBA), la Federación de Educadores Bonaerenses (FEB), el Sindicato Argentino de Docentes Privados (SADOP), la Unión de Docentes Argentinos (UDA), la Asociación del Magisterio de la Enseñanza Técnica (AMET) y la Unión de Docentes Bonaerenses (UDOCBA) "el cese inmediato de la huelga en curso mientras dure la negociación paritaria".
El juez también ordenó a Scioli y a la Legislatura la "pronta implementación del Organismo imparcial al que se refiere el artículo 39 inciso 4 de la Constitución de la Provincia". El mencionado inciso indica que la Provincia garantiza a los trabajadores estatales el derecho de negociación de sus condiciones de trabajo y la substanciación de los conflictos colectivos entre el Estado provincial y aquellos a través de un organismo imparcial que determine la ley.

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