domingo, 22 de febrero de 2015

 

Los derechos serán sólo del club o el jugador

Los contratos que se celebren a partir del 1 de mayo sólo podrán
conceder derechos económicos únicamente a un club de fútbol o al jugador de fútbol profesional involucrado, según una resolución de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dirigida por Ricardo Echegaray, que fue publicada en el Boletín Oficial.
Ricardo Echegaray, titular de la AFIP. Los contratos que se celebren a partir del 1 de mayo sólo podrán conceder derechos económicos únicamente a un club de fútbol o al jugador de fútbol profesional involucrado, según una resolución de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dirigida por Ricardo Echegaray, que fue publicada en el Boletín Oficial.
La medida fue adoptada luego de que el comité ejecutivo de la Federación Internacional de Fútbol Asociado (FIFA) modificara el reglamento sobre el estatuto y la transferencia de jugadores.
El máximo organismo mundial incorporó a sus reglamentos un artículo mediante el cual "ningún club o jugador podrá firmar un contrato que conceda a un tercero ('hombre de negocio del fútbol') el derecho de participar, parcial o totalmente, del valor de un futuro traspaso de un jugador de un club a otro, o que le otorgue derechos relacionados con futuros fichajes o con el valor de futuros fichajes".
De esta forma, según la resolución de la AFIP, los contratos "podrán conceder derechos económicos únicamente a un club de fútbol o al jugador de fútbol profesional involucrado".

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