jueves, 30 de abril de 2015

 

que no cobre hasta que no devuelva

La empresa ABSA deberá cesar con las intimaciones que viene realizando a los usuarios con deuda, en caso de prosperar una presentación radicada en la Justicia platense, que propone impedir esta acción hasta tanto la firma devuelva el monto cobrado a través del “tarifazo” del 180% que aplica desde mayo de 2012, el cual fue rechazado por la Suprema Corte de Justicia provincial.
El pedido de la medida cautelar se funda en que la firma no puede continuar intimando para el cobro de obligaciones impagas cuando debe devolver a miles de usuarios, según al alto tribunal bonaerense, lo cobrado en forma indebida.
Esta presentación, se encuentra siendo analizada por el Juez en lo Contencioso Administrativo, Luis Arias, quien deberá resolver ese planteo presentado por el ex diputado Oscar Negrelli y uno anterior que solicita que hasta tanto se efectúe la restitución, el aumento deberá dejar de cobrarse y restituirse el 25% de cada factura.
En estos momentos, Arias -como juez de primera instancia- deberá ejecutar la sentencia del máximo tribunal bonaerense, disponiendo la modalidad de la devolución de lo cobrado de más desde 2012, en un proceso a dirimirse entre la parte actora y la empresa.
En ese sentido, el magistrado solicitó el lunes a la prestataria un informe sobre la cantidad de usuarios afectados por ese controvertido tarifazo, el monto total recaudado en ese concepto, y los balances de los últimos ejercicios.
Ahora ABSA contará con cinco días para responder desde que fue notificada y, en base a ese informe el magistrado podría estar resolviendo las dos cautelares juntas las próximas semanas.
Fuentes provinciales habían calculado en diciembre pasado, cuando la Suprema Corte difundió el fallo que rechazaba el aumento del 180%, que la decisión implica una suma superior a los 1.800 millones de pesos, muy superior a su facturación anual.
La pelea por el polémico aumento se inició en 2012 con el argumento de que se trataba de una disposición ilegal, ya que la Provincia lo había establecido sin la previa celebración de una audiencia pública en la que usuarios y asociaciones de defensa del consumidor expresen sus puntos de vista, ante el valor de la prestación del servicio público.


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